Micelio

Artículo 21

Del Decreto - Ley 1839 De 1948, Así Como Para Las Que Por Este Decreto Se Prescriben, Autoridades De Higiene, De Policía O Las Que Hagan Sus Veces, Se Ceñirán Al Procedimiento Ordenado Por El Decreto Número 2785 De 1946

Decreto 2264 de 1948 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 1839 de 2 de junio de 1948

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo veintiuno. Para la aplicación de las sanciones de que trata el Artículo 8º del Decreto - Ley 1839 de 1948, así como para las que por este Decreto se prescriben, autoridades de higiene, de policía o las que hagan sus veces, se ceñirán al procedimiento ordenado por el Decreto número 2785 de 1946. Las providencias que dicten son apelables en efecto devolutivo conforme lo dispone el artículo 4º de la Ley 45 de 1946.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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