° La suma que se reconozca á favor del Concesionario, conforme al artículo anterior, dará derecho en favor de quienes corresponda á una cuota parte en las utilidades de la Empresa durante el tiempo que falte para completar la duración del privilegio. Esta cuota parte se determinara a prorrata del costo de la obra concluida, cualquiera que sea el sistema que para ésto se adopte.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.