Micelio

Artículo 22

A Partir Del 1° De Abril De 1978, Las Asignaciones Mensuales Y Los Gastos De Representación Señalados En El Artículo 5° De Este Decreto Se Reajustarán En Un Ocho Por Ciento, Sin Que El Total De Tales Remuneraciones Exceda A La Prevista Para Los Ministros Del Despacho

Decreto 599 de 1977 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal Nacional y se modifica el régimen de sus prestaciones sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1° de abril de 1978, las asignaciones mensuales y los gastos de representación señalados en el artículo 5° de este Decreto se reajustarán en un ocho por ciento, sin que el total de tales remuneraciones exceda a la prevista para los Ministros del Despacho.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 599 de 1977