Micelio

Artículo 48

Decreto 2649 de 1988 · Por el cual se determinan la estructura y funciones de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Resguardo

a)

Responder ante el Administrador por las labores de prevención, represión y aprehensión del contrabando en el territorio de jurisdicción de la Administración, según las normas y procedimientos aplicables;

b)

Responder por la prestación de los servicios de vigilancia aduanera de las mercancías bajo jurisdicción de la Administración;

c)

Disponer, con la previa autorización del Administrador, la instalación o traslado de retenes cuando así se requiera, y responder por su correcta operación;

d)

Apoyar las actividades adelantadas por la Subdirección de investigación y Represión del contrabando en jurisdicción de la Administración;

e)

Los funcionarios de esta División, ejercerán funciones de Cuerpos Técnico de Policía Judicial en los términos previstos en el respectivo estatuto;

f)

Llevar el registro de aprehensiones, decomisos y abandonos de mercancías en la Administración y el destino de las mismas y rendir informes periódicos al Administrador y a la Subdirección de Investigación y Represión del Contrabando;

g)

Llevar el control del equipo y armamento y remitir la documentación exigida por el Ministerio de Defensa Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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