Los Ministerios de Agricultura, Salud y Educación Nacional coordinarán su acción con la del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar a fin de conseguir especialmente:
una adecuada asistencia prenatal;
el mejoramiento de la dieta alimenticia de la mujer en el período de lactancia, y del niño en el período preescolar;
la generalización de una organización eficaz de restaurantes escolares o de suministro de suplementos alimenticios;
la prestación de un adecuado servicio de medicina preventiva escolar;
la extensión de los servicios de asistencia hospitalaria a la población infantil y de los servicios de recuperación nutricional de la misma;
la vigilancia de los grupos comunitarios sobre la asistencia escolar y sobre el funcionamiento de las escuelas y colegios;
el desarrollo de programas de extensión agropecuaria de tipo comunal, familiar y escolar.
Igualmente coordinará el Instituto su acción con la del Ministerio de Trabajo en todo lo relacionado con las regulaciones relativas al trabajo de los menores.