Micelio

Artículo 1

Decreto 3433 de 1983 · Por el cual se prorroga el plazo para la presentación de unas declaraciones de renta y complementarios correspondientes al año gravable de 1982

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Conceder nuevo plazo para la presentación de la declaración de renta y complementarios por el año gravable de 1982 a las entidades financieras intervenidas a partir del citado año por la Superintendencia Bancaria, a las cuales no se les hubiere impartido aprobación definitiva de los estados financieros correspondientes al segundo semestre de 1982 por parte de esta Superintendencia, plazo que vencerá dos meses después de dicha aprobación.

Parágrafo

En ningún caso la prórroga de que trata este artículo es aplicable a las personas contempladas en la Ley 66 de 1968 y el Decreto-ley 2610 de 1979.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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