Micelio

Artículo 3

Decreto 1288 de 1996 · por el cual se reglamenta el procedimiento de devoluciones y compensaciones del impuesto sobre las ventas en materiales de construcción.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Proyectos en ejecución. Los proyectos de construcción de vivienda de interés social o programas de autoconstrucción que se encontraban en ejecución el primero (1) de enero de 1996, requieren de aprobación del INURBE o su delegado, para tener derecho a la devolución o compensación del impuesto sobre las ventas pagado a partir de esa fecha. Deberán presentar a la entidad encargada de impartir la aprobación, además de los requisitos previstos en el artículo anterior, los siguientes

a)

Certificado de avance de obra suscrito por el representante legal de la entidad.

b)

Certificado sobre la compra de materiales a partir del 1 de enero de 1996, suscrito por Contador Público o Revisor Fiscal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1288 de 1996