Micelio

Artículo 2.2.2.1.8

Funciones Del Comité

Decreto 1170 de 2015 · por medio del cual se expide el decreto reglamentario único del sector Administrativo de Información Estadística.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Comité. El Comité Técnico Asesor para la Gestión Catastral tendrá las siguientes funciones

1.

Velar por la idoneidad de la regulación técnica bajo la responsabilidad del IGAC mediante el estudio de las propuestas presentadas por este Instituto.

2.

Recomendar el ajuste de las propuestas de regulación presentadas por el IGAC en desarrollo de sus funciones legales.

3.

Emitir concepto favorable o desfavorable a las iniciativas de regulación presentadas por el IGAC en relación con la concordancia de la propuesta y el marco general establecido en la reglamentación del Gobierno nacional. Adicionalmente, este con­cepto debe fundarse en el análisis técnico que efectúe el Comité.

4.

Dar concepto sobre el uso de insumos cartográficos que estén por fuera de los ran­gos de temporalidad y especificaciones técnicas definidas por la autoridad regula­dora.

5.

Las demás establecidas en el reglamento del Comité.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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