°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Decreto 486 de 2013 →Vigente
Artículo 3
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 486 de 2013 · por el cual se suspende la vigencia del artículo 6° del Decreto 2085 de 2008 modificado por el Decreto 2450 de 2008 y se dicta una disposición.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.