El Presupuesto de Gastos se dividirá en los siguientes departamentos:
1º Departamento de Gobierno;
2º Departamento de Hacienda;
3º Departamento de Obras Públicas;
4º Departamento de Instrucción Pública;
5º Departamento de Justicia;
6º Departamento de Beneficencia;
7º Departamento de Deuda Publica, y
8º Gastos de Vigencias Anteriores.
En el Departamento de Gobierno se incluirán los gastos del Concejo, de la Alcaldía, de la Personería, de la Policía y sus análogos.
En el Departamento de Hacienda se incluirán los gastos de la Tesorería de Rentas y los demás que exija la recaudación de las entradas municipales.
En el departamento de Obras Públicas se incluirán los gastos que demande la compra, construcción y reparación de vías públicas, acueductos, edificios, etc., a excepción de los que se refieren a propiedades destinadas a la instrucción pública.
En el Departamento de Instrucción Pública se incluirán todos los gastos relativos a este Ramo, inclusive lo que se invierta en locales para escuelas.
En el Departamento de Justicia se incluirán los gastos de los Juzgados Municipales, cárceles y sus análogos.
En el Departamento de Beneficencia se incluirán las sumas destinadas a establecimientos de caridad o sociedades benéficas, así como todo lo relativo al ramo de Higiene.
En el Departamento de Deuda Pública se incluirán las sumas destinadas al pago de capital e intereses de las deudas del Distrito.
En el Departamento de Gastos de vigencias anteriores se incluirán las erogaciones por servicios prestados, objetos suministrados o cantidades no cubiertas en la vigencia última.