Micelio

Artículo 2

Ordenar La Suspensión De Operaciones Militares Ofensivas Y Operativos Policiales En Contra De Los Miembros Del Eln Que Participen En El Proceso De Paz Y Se Encuentren Dentro De Los Procedimientos Para La Ejecución Del Acuerdo Del Cfbtn Y Los Protocolos Pertinentes

Decreto 1590 de 2017 · por el cual se decreta el Cese al Fuego Bilateral y Temporal de carácter Nacional, en el marco del Acuerdo celebrado entre el Gobierno nacional y el Ejército de Liberación Nacional (ELN,) y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Ordenar la suspensión de operaciones militares ofensivas y operativos policiales en contra de los miembros del ELN que participen en el proceso de paz y se encuentren dentro de los procedimientos para la ejecución del Acuerdo del CFBTN y los protocolos pertinentes. La suspensión de operaciones militares ofensivas y operativos policiales se hará sin perjuicio del cumplimiento de la función y obligación constitucional y legal de la Fuerza Pública de preservar la integridad del territorio nacional, el orden constitucional y asegurar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas en todo el territorio nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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