Micelio

Artículo 16

Dirección De Inteligencia Estratégica

Decreto 4179 de 2011 · por el cual se crea un Departamento Administrativo y se establece su objetivo, funciones y estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Inteligencia Estratégica. Son funciones de la Dirección de Inteligencia Estratégica, las siguientes

1.

Asesorar al Director General en la implementación de políticas y lineamientos institucionales para el desarrollo de las actividades de inteligencia estratégica.

2.

Generar productos de inteligencia estratégica mediante el planeamiento del es­fuerzo de búsqueda de información, búsqueda y recolección de datos e informa­ción, procesamiento y análisis de información y difusión de la inteligencia; la formulación de hipótesis, y la proyección de escenarios y cursos de acción, para contribuir a la toma de decisiones de carácter estratégico del Presidente de la República y del Alto Gobierno, y coadyuvar con la protección, respeto y garan­tía de los derechos humanos.

3.

Proponer al Director General lineamientos para la elaboración de planes de acción en el marco de los objetivos de la dependencia.

4.

Dirigir, orientar y coordinar la ejecución de actividades de inteligencia estraté­gica teniendo en cuenta el objetivo misional de la entidad y los requerimientos transmitidos por el Director General.

5.

Coordinar la ejecución de operaciones de acuerdo con los requerimientos y las necesidades de análisis de inteligencia, y de acuerdo a los procedimientos de autorización que establezca la ley.

6.

Implementar mecanismos de cooperación con las demás entidades del Estado, de acuerdo con sus competencias, y con organismos internacionales en el desa­rrollo de actividades de inteligencia estratégica.

7.

Apoyar al Director General en la ejecución de acuerdos de cooperación interna­cional en temas relacionados con inteligencia, teniendo en cuenta las políticas de Gobierno y la normativa vigente, y dentro del marco de los tratados interna­cionales vinculantes para Colombia y del respeto de la facultad del Presidente de la República de dirigir las relaciones internacionales.

8.

Implementar las medidas legales, humanas, técnicas y tecnológicas necesarias para proteger y asegurar la reserva de los agentes, fuentes, medios, métodos, documentos, información y elementos técnicos de la Dirección Nacional de Inte­ligencia.

9.

Proponer, desarrollar e implementar estrategias y soluciones tecnológicas de acuerdo con las necesidades de funcionamiento misional de la organización.

10.

Coordinar con la Dirección de Gestión Institucional y la Dirección de Contra­inteligencia el apoyo requerido para el desarrollo efectivo de las actividades de inteligencia estratégica.

11.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institu­cional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

12.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la na­turaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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