Micelio

Artículo 2.2.1.1.6

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Seguimiento: El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reglamentará, el seguimiento al aporte y los programas de que trata el presente capítulo.

Parágrafo 1

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, solicitará a las Cámaras de Comercio, información sobre el avance en el desarrollo de los programas definidos anualmente.

Parágrafo 2

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, tendrá en cuenta la información oficial que reporta cada Cámara de Comercio a la Superintendencia de Sociedades de manera trimestral, para lo cual, solicitará a la entidad información relevante sobre los programas y la ejecución.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1074 de 2015