Art. 78.º Quedan derogadas todas las disposiciones que tanto el Código Militar de la Nación, como la Ley 153 de 1887 , entienden respecto de pensiones y recompensas militares, así como también las que en general sean opuestas á las de la presente Ley; y reformada la Ley 50 de 1886 .
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.