° Con motivo de la celebración de los VI Juegos Atléticos Nacionales celebrados recientemente en la ciudad de Santa Marta, la Nación reconoce a sus empleados y obreros residentes en esa ciudad, que en las condiciones establecidas en el artículo siguiente hayan trabajado a su servicio en la misma ciudad un mínimo de siete(7) meses continuos contados hacia atrás a partir del veintiocho (28) de enero de 1950, una prima olímpica equivalente a la mitad del sueldo correspondiente a un (1) mes de servicio. Los empleados y obreros nacionales que en las mismas condiciones establecidas en el artículo siguiente hubieren trabajado un tiempo mayor de tres (3) meses y menor de siete (7) recibirán la mitad de la prima.
Artículo 1
Con Motivo De La Celebración De Los Vi Juegos Atléticos Nacionales Celebrados Recientemente En La Ciudad De Santa Marta, La Nación Reconoce A Sus Empleados Y Obreros Residentes En Esa Ciudad, Que En Las Condiciones Establecidas En El Artículo Siguiente Hayan Trabajado A Su Servicio En La Misma Ciudad Un Mínimo De Siete(7) Meses Continuos Contados Hacia Atrás A Partir Del Veintiocho (28) De Enero De 1950, Una Prima Olímpica Equivalente A La Mitad Del Sueldo Correspondiente A Un (1) Mes De Servicio
Decreto 610 de 1950 · Por el cual se reconoce una prima a los trabajadores de la Nación, con motivo de los VI Juegos Atléticos Nacionales que acaban de celebrarse en la ciudad de Santa Marta
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.