° Para los efectos fiscales el presente Decreto rige a partir del 16 de agosto de 1953, por cuanto que los sueldos del señor Silva en el lapso comprendido entre el 15 de mayo y el 15 de agosto, le fueron reconocidos por Decreto número 2234 del corriente año. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2875 de 1953 →Vigente
Artículo 3
Para Los Efectos Fiscales El Presente Decreto Rige A Partir Del 16 De Agosto De 1953, Por Cuanto Que Los Sueldos Del Señor Silva En El Lapso Comprendido Entre El 15 De Mayo Y El 15 De Agosto, Le Fueron Reconocidos Por Decreto Número 2234 Del Corriente Año
Decreto 2875 de 1953 · Por el cual se crea un cargo y se hacen unos nombramientos en el Ministerio de Obras Públicas, ramo de Navegación y Puertos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.