Artículo único. Modificase la Nomenclatura de los siguientes cargos de la planta del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la forma que a continuación se indica: Actual Nueva . División de Aduanas. Sección de Exenciones y Equipajes. Grado. 1 Oficinista III 5 1 Secretario Auxiliar I 5 Sección de Contabilidad y Bienes Fiscales. 1 Oficinista II 4 1 Mecanógrafa II 4 Subdivisión de Arancel. 1 Oficinista III 5 1 Secretaria Auxiliar I 5 3 Oficinistas III 5 3 Mecanotaquígrafas II 5 1 Oficinista II 4 1 Mecanógrafa II 4 División de Tesorería. Grupo de Giros al Interior. 2 Oficinistas III 5 2 Mecanógrafas III 5 Actual Nueva. Grado. Grupo de Giros al Exterior. 1 Oficinista III 5 1 Mecanógrafa III 5 1 Oficinista II 4 1 Mecanógrafa II 4 Dirección Nacional del Presupuesto Subdirección 1 Oficinista III 5 1 Mecanotaquígrafa II 5 Sección de Crédito Público. 1 Oficinista III 5 1 Mecanotaquígrafa II 5 Comuníquese y publíquese.
Decreto 2989 de 1961 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2989 de 1961 · Por el cual se modifica la Nomenclatura de unos cargos en la Planta del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.