Micelio

Artículo 13

El Ministerio De Industrias Y Trabajo Tomará Las Providencias Necesarias, A Fin De Hacer Efectiva La Disposición Del Artículo 8° De La Ley 149 De 1936, Relativa Al Cargue Y Descargue En Los Puertos Marítimos, De Acuerdo Con El Ministerio De Obras Públicas

Decreto 1461 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 149 de 1936

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Industrias y Trabajo tomará las providencias necesarias, a fin de hacer efectiva la disposición del artículo 8° de la Ley 149 de 1936, relativa al cargue y descargue en los puertos marítimos, de acuerdo con el Ministerio de Obras Públicas. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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