Micelio

Artículo 2

Ley 70 de 1939 · Por la cual se autoriza la emisión del Bono de los Ferrocarriles Nacionales y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El monto total de las emisiones podrá ser hasta $ 15.000.000, o su equivalente en moneda extranjera, que el Gobierno lanzará gradualmente, a medida que lo requiera el avance de los trabajos en referencia y lo permitan las condiciones del mercado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 70 de 1939