Micelio

Artículo 10

Decreto 63 de 2004 · por el cual se establece la estructura de la Sociedad Cajanal S.A. EPS.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes

1.

Asesorar a la Presidencia en la definición de las políticas de diseño e implantación de sistemas de control que contribuyan a incrementar la efectividad en las diferentes áreas de “Cajanal S.A. ESP”, de acuerdo con la Ley 87 de 1993 o las normas que la adicionen, sustituyan o complementen.

2.

Promover el desarrollo del autocontrol en la entidad y sus funcionarios.

3.

Aplicar indicadores establecidos y hacer seguimiento y control de estos.

4.

Diseñar e implementar sistemas de control de gestión administrativa, financiera y de resultados institucionales según lo preceptuado por la Ley 87 de 1993 y demás normas que la modifiquen, o adicionen o y reglamenten.

5.

Desarrollar y aplicar el Sistema de Control Interno a nivel Institucional.

6.

Formular recomendaciones a la Presidencia y demás dependencias para la adopción o modificación de los procedimientos necesarios en el cumplimiento de los objetivos de la empresa, con sujeción a las normas legales vigentes.

7.

Realizar el seguimiento en colaboración con la oficina de planeación los planes y programas propios de cada dependencia y proponer los correctivos necesarios.

8.

Monitorear la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la Empresa y vigilar la forma como se invierten los fondos públicos e informar cuando se presenten irregularidades en el manejo de los mismos.

9.

Velar por que todas las actividades y recursos de la organización estén dirigidas al cumplimiento de los objetivos de la empresa.

10.

Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean asignadas por las normas legales vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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