Micelio

Artículo 3

El Producto De La Colocación De Los "títulos De Ahorro Nacional - Tan, 1º Emisión 1985", Se Destinará Para Los Fines Previstos En El Artículo 6º Del Decreto 2787 De 1984, Aclarando Que Los Recursos Que Perciba La Tesorería General De La República No Se Podrán Utilizar Para Abrir Apropiaciones Presupuestales, Según Lo Prevé El Artículo 9º De La Ley 34 De 1984

Decreto 317 de 1985 · Por el cual se ordena la emisión y se fija las características de los títulos de deuda pública interna denominados "Títulos de Ahorro Nacional - TAN, 1° emisión 1985".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El producto de la colocación de los "Títulos de Ahorro Nacional - TAN, 1º emisión 1985", se destinará para los fines previstos en el artículo 6º del Decreto 2787 de 1984, aclarando que los recursos que perciba la Tesorería General de la República no se podrán utilizar para abrir apropiaciones presupuestales, según lo prevé el artículo 9º de la Ley 34 de 1984.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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