° Formarán parte de la Comisión por el Ministerio de Relaciones Exteriores el Secretario General, un funcionario de la Oficina de Planeamiento y el Jefe de la Oficina Jurídica. Y por el Ministerio de Defensa Nacional el Subjefe del Estado Mayor Conjunto, el Jefe del Departamento 2 del Estado Mayor Conjunto, el Jefe de la Sección Geográfica y el Jefe de Límites y Fronteras del mismo Departamento 2.
Decreto 1614 de 1967 →Vigente
Artículo 3
Formarán Parte De La Comisión Por El Ministerio De Relaciones Exteriores El Secretario General, Un Funcionario De La Oficina De Planeamiento Y El Jefe De La Oficina Jurídica
Decreto 1614 de 1967 · por el cual se establece la Comisión Permanente de Coordinación y Enlace del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Defensa Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.