Micelio

Artículo 11

Decreto 1126 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Cultura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno, además de las establecidas por la Ley y los reglamentos, las que a continuación se describen

1.

Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno del Ministerio.

2.

Aplicar el control de gestión e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar recomendaciones al Viceministro y a las dependencias del Ministerio.

3.

Servir de apoyo a los directivos del Ministerio en el proceso de toma de decisiones, con el fin de obtener los resultados esperados.

4.

Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información del Ministerio y recomendar los correctivos que sean necesarios.

5.

Elaborar periódicamente un análisis de riesgos y formular el respectivo diagnóstico y recomendaciones.

6.

Verificar la existencia y eficacia de los procesos de desarrollo de la gestión en las diferentes dependencias del Ministerio.

7.

Fomentar en toda la organización una cultura de autocontrol, que contribuya al mejoramiento continuo y al cumplimiento de la misión del Ministerio.

8.

Presentar informes al Viceministro y al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

9.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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