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Artículo 6

Oficina Asesora De Informática

Decreto 2650 de 2008 · por el cual se modifica la estructura de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina Asesora de Informática. Son funciones de la Oficina Asesora de Informática, las siguientes

1.

Proponer las políticas, estrategias, planes y programas para el desarrollo tecnológico, el sistema de información y administrar su operación.

2.

Dirigir, coordinar y asegurar el proceso de desarrollo tecnológico, el sistema de información y administrar su operación.

3.

Diseñar, desarrollar y mantener actualizado el Plan Estratégico de Informática de la entidad, el plan de contingencia y los mecanismos para prevenir la pérdida de información.

4.

Proponer e implementar políticas y planes de seguridad informática que garanticen el funcionamiento del sistema de información de la empresa.

5.

Ejecutar y controlar los planes de seguridad informática y el respaldo periódico de la empresa.

6.

Analizar, diseñar, programar e implantar los subsistemas de información que requiera la empresa para el cumplimiento de su misión.

7.

Diseñar e implementar en coordinación con las dependencias respectivas, el sistema de información de la empresa y asegurar su adecuado funcionamiento de tal forma que se alcance los mejores niveles de desempeño en el proceso, registro y administración.

8.

Dirigir estudios e investigación técnicos y económicos y evaluar el desarrollo tecnológico, con el fin de diseñar e implementar soluciones automatizadas o mejoramiento de las existentes.

9.

Proponer y desarrollar la actualización tecnológica necesaria de acuerdo con los avances en esta materia, los requerimientos de los procesos y alcance de los objetivos estratégicos y de calidad.

10.

Verificar el cumplimiento de las normas legales en cuanto a la utilización de software y recibir en custodia las licencias de propiedad de la empresa.

11.

Coordinar con las entidades del sector defensa, financiero, Superintendencia Financiera de Colombia y los Entes de control la interoperabilidad de los sistemas de información.

12.

Liderar, orientar, desarrollar, implantar, controlar, ajustar y mantener la plataforma tecnológica, el plan estratégico de informática, realizar su evaluación y monitorear la ejecución de los programas y proyectos.

13.

Disponer los mecanismos necesarios para brindar soporte en software y hardware y controlar los aplicativos y programas que se encuentren en ejecución.

14.

Coordinar, controlar y hacer el seguimiento a los contratos de mantenimiento, suministro y desarrollo de software, aplicaciones, soporte técnico e infraestructura del sistema de información y comunicaciones de la empresa.

15.

Disponer la elaboración de los manuales de usuario, del sistema y de los programas e impartir la capacitación requerida para el manejo de los aplicativos y programas por parte del personal de la empresa.

16.

Diseñar y realizar programas de capacitación en informática para los funcionarios de la entidad.

17.

Administrar la red informática Intranet, Internet y correo electrónico de la empresa.

18.

Establecer las normas a cumplir para el uso adecuado de los equipos de cómputo y disponer las metodologías para llevar un control de los mismos.

19.

Implementar mecanismos para mitigar la exposición al riesgo, en las operaciones, procesos, procedimientos y actividades que se ejecuten en la empresa, de acuerdo con su competencia funcional.

20.

Rendir informes a la Gerencia General y autoridades competentes acerca del desempeño de la plataforma tecnológica y manejo de la información.

21.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas, acorde con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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