El Gobierno dispondrá el formato de los folios, libros, tarjetas y muebles, para asegurar la uniformidad de los archivos, métodos y prácticas de trabajo y la mayor seguridad y conservación de los elementos de aquellos. Asimismo proveerá a la reproducción fotográfica de matrículas e índices y a la conservación de tales copias, para la mayor pureza y plenitud del archivo. CAPÍTULO IV. Modo de hacer el registro
Decreto 1250 de 1970 →Vigente
Artículo 21
El Gobierno Dispondrá El Formato De Los Folios, Libros, Tarjetas Y Muebles, Para Asegurar La Uniformidad De Los Archivos, Métodos Y Prácticas De Trabajo Y La Mayor Seguridad Y Conservación De Los Elementos De Aquellos
Decreto 1250 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del registro de instrumentos públicos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.