°. Modifícase el numeral 2 del artículo 7° del Decreto número 2478 de 1999, aclarado por el artículo 2° del Decreto 967 de 2001 el cual quedará así: "Artículo 7°. Oficina jurídica. La Oficina Jurídica cumplirá con las siguientes funciones: 2. Estudiar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, resoluciones, contratos, convenios y demás actos administrativos que deba expedir o proponer el Ministerio y que sean sometidos a su consideración y elaborar los actos administrativos que así se requiera."
Decreto 4943 de 2011 →Vigente
Artículo 1
Modifícase El Numeral 2 Del Artículo 7° Del Decreto Número 2478 De 1999, Aclarado Por El Artículo 2° Del Decreto 967 De 2001 El Cual Quedará Así: "artículo 7°
Decreto 4943 de 2011 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 2478 de 1999.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.