Interposición del recurso "PER SALTUM" . - El recurso de casación per saltum contra las sentencias de los Jueces del Circuito Judicial del Trabajo, de que trata la letra b) del artículo 86, se propondrá y se concederá o denegara dentro de los términos y en la misma forma que el de apelación. La parte que desee saltar la instancia de apelación deberá obtener el consentimiento escrito de la contraparte o de su apoderado, que deberá presentarse personalmente por su signatario ante el mismo Juez. La impugnación en casación por salto solo podrá fundarase en la causal primera del artículo 87.
Decreto 2158 de 1948 →Vigente
Artículo 89
Interposición Del Recurso "per Saltum"
Decreto 2158 de 1948 · Sobre procedimiento en los juicios del trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.