El que por medio de violencia a las personas o a las cosas, o por medio de amenazas o abusando de la debilidad de un menor, se apodere de una cosa mueble, ajena o se le haga entregar, incurrirá en prisión de uno a ocho años.
La misma sanción se aplicara cuando las violencias o amenazas tengan lugar inmediatamente después de la sustracción de la cosa y con el fin de asegurar su producto u obtener su impunidad.