Micelio

Artículo 7

Ley 58 de 1967 · Por la cual se decretan unos auxilios para la Ciudad Universitaria de la Universidad del Valle y los Institutos Pilotos Universitarios del Valle del Cauca y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobernador del Departamento del Valle del Cauca y a los Alcaldes Municipales respectivos para que, según el caso, determinen los actos y operaciones para los cuales se exigirá el uso obligatorio de la citada estampilla "Pro-Universidad del Valle, además de aquellos ya señalados por el Decreto 552 de 1966, emanado de la Gobernación del Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 58 de 1967