Sistema Nacional de Convivencia para la Vida (SNCPV). Crease el Sistema Nacional de Convivencia para la Vida (SNCPV), como componente especializado en diálogo social y articulación institucional, con el objetivo de articular y facilitar escenarios de convivencia a través de mecanismos tales como el diálogo y la concertación, entre otros, que permitan construir rutas para reducir la posibilidad de conflictos derivados de las interacciones interpersonales, entre ciudadanos e instituciones, con la perspectiva de contribuir a superar los obstáculos que impiden el desarrollo y promover los derechos humanos, en el marco de la seguridad humana, en procura de alcanzar la paz total. El SNCPV permitirá fortalecer entre otras acciones la articulación intrainstitucional, interinstitucional e interagencial, en el tratamiento de diferentes demandas sociales, en el marco de la gestión de escenarios de diálogo y concertación en las diferentes expresiones de movilización social.
primero. El Sistema Nacional de Convivencia para la Vida (SNCPV) estará adscrito al Viceministerio para el Diálogo Social y los Derechos Humanos del Ministerio del Interior.
segundo. El Sistema Nacional de Convivencia para la Vida (SNCPV) actuará como un componente especializado del Sistema Nacional de Gestión de Conflictos Sociales y Diálogo Social (SINGESCO) en materia de diálogo social y convivencia, y se articulará con las instancias, comités y mecanismos previstos en el Decreto número 1130 de 2022 y en las disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
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