Peso relativo . Para efectos de lo dispuesto por el
del artículo 7º de la Ley 1551 de 2012, la expresión “peso relativo” corresponde a la distribución del valor agregado del departamento entre cada uno de sus distritos y municipios ubicados en su jurisdicción, a partir de una estructura obtenida con indicadores sectoriales directos e indirectos.
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística expedirá, mediante acto administrativo, la metodología de cálculo del indicador de importancia económica generando anualmente una resolución con los grados de importancia económica municipal.
En todo caso, para determinar la respectiva categorización de distritos y municipios, los alcaldes deberán dar estricta aplicación a lo dispuesto por el
del artículo 7° de la Ley 1551 de 2012. (Decreto número 1638 de 2013, artículo 1°) CAPÍTULO X Se regula la elaboración y registro de las estadísticas relacionadas con el sector turístico y se dictan otras disposiciones.