Micelio

Artículo 2

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 1564 de 2022 · por el cual se modifica el Decreto 1070 de 2015 “Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa” en cuanto a la reglamentación de las Medallas Militares “Servicios Distinguidos en Operaciones Especiales” y “Cruz de Plata en Operaciones Especiales”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el artículo 2.3.1.3.4.7.1, el cual quedará así: “ Artículo 2.3.1.3.4.7.1. Creación. Créase la Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones Especiales”, otorgada como un reconocimiento a los Oficiales, Suboficiales, Soldados e Infantes de Marina de las Fuerzas Militares y personal de la Policía Nacional; a las Banderas de Guerra de las Fuerzas y Unidades Militares, a las banderas y estandartes de la Policía Nacional y sus Unidades, e igualmente a personalidades nacionales o extranjeras, a entidades públicas o privadas; que participen o contribuyan de manera sobresaliente en el planeamiento, apoyo, desarrollo y ejecución de operaciones especiales conducidas por el Comando Conjunto de Operaciones Especiales.

Parágrafo 1

La medalla podrá otorgarse en forma póstuma al personal fallecido en la ejecución de operaciones especiales conducidas por el Comando Conjunto de Operaciones Especiales, a criterio del consejo de la medalla.

Parágrafo 2

Cuando esta condecoración ha sido impuesta en varias oportunidades, únicamente se usará la joya, venera o miniatura de mayor categoría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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