º. La descripción del objeto de las solicitudes de patente de privilegio, de que trata el artículo 12 de la Ley 31 de 1925, deberá entregarse por duplicado y consistirá en una exposición en castellano, en la cual se indique en forma clara, completa y sin reservas aquello que aspira al privilegio. A la descripción deben acompañarse los dibujos, planos, fórmulas y fotografías que sean necesarios para la completa inteligencia del objeto.
Decreto 178 de 1943 →Vigente
Artículo 1
La Descripción Del Objeto De Las Solicitudes De Patente De Privilegio, De Que Trata El Artículo 12 De La Ley 31 De 1925, Deberá Entregarse Por Duplicado Y Consistirá En Una Exposición En Castellano, En La Cual Se Indique En Forma Clara, Completa Y Sin Reservas Aquello Que Aspira Al Privilegio
Decreto 178 de 1943 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones de la Ley 31 de 1925
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.