La Empresa Entregará Al Fondo Mutuo De Inversión, Durante Los Primeros Diez Días De Cada Mes Una Cantidad Igual A Cincuenta Por Ciento (50%) Del Monto Ahorrado Por Los Trabajadores Durante El Mes Inmediatamente Anterior Ajustando Dicho Porcentaje A Lo Previsto En El Parágrafo Del Artículo 14 De Este Decreto
Decreto 958 de 1961 · Por el cual se reglamenta el Decreto extraordinario 2968 de 1960, sobre Fondos Mutuos de Inversión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La empresa entregará al fondo mutuo de inversión, durante los primeros diez días de cada mes una cantidad igual a cincuenta por ciento (50%) del monto ahorrado por los trabajadores durante el mes inmediatamente anterior ajustando dicho porcentaje a lo previsto en el
Parágrafo
del artículo 14 de este Decreto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.