Requisitos generales de las Normas Corporativas Vinculantes. Las Normas Corporativas Vinculantes que adopte un mismo grupo empresarial deberán contener como mínimo lo siguientes requisitos
La estructura y los datos de contacto del grupo empresarial y de cada uno de sus miembros a los cuales les son de obligatorio cumplimiento las Normas Corporativas Vinculantes.
Las transferencias o serie de transferencias de datos, incluidas las categorías de datos personales, el tipo de tratamiento y sus fines, el tipo de titulares afectados y el nombre del tercer o los terceros países.
Su carácter jurídicamente vinculante, para todas las entidades que conforman el grupo empresarial.
La aplicación de los principios generales en materia de protección de datos establecidos en la Ley 1581 de 2012 y sus normas reglamentarias.
La referencia a los derechos de los titulares previstos en la Ley 1581 de 2012 y sus normas reglamentarias, así como los medios efectivos para ejercerlos.
Las medidas adoptadas para impedir las transferencias a otras entidades que no pertenecen al grupo empresarial. Lo anterior, sin perjuicio de lo consagrado en el artículo 26 de la Ley 1581 de 2012.
La referencia al personal encargado del cumplimiento de las normas corporativas vinculantes, así como la supervisión de la formación y del trámite de las reclamaciones.
Los mecanismos establecidos dentro del grupo empresarial para garantizar que se verifique el cumplimiento de las normas corporativas vinculantes. Dichos mecanismos incluirán auditorías de protección de datos y métodos para garantizar acciones correctivas para proteger los derechos del titular del dato.
Los mecanismos establecidos para comunicar y registrar las modificaciones introducidas en las políticas y para notificar esas modificaciones a la Superintendencia de Industria y Comercio.
La formación en protección de datos pertinente para el personal que tenga acceso permanente o habitual a datos personales.
Los procedimientos para que los titulares presenten consultas o reclamos y estos sean atendidos oportunamente de conformidad con lo previsto en la Ley 1581 de 2012.
La adopción de medidas de responsabilidad demostrada (accountability) para comprobar que se han implementado medidas útiles, oportunas, pertinentes y eficientes para cumplir las normas corporativas vinculantes y lo establecido en este decreto.
Las especificaciones o requisitos adicionales que haga la Superintendencia de Industria y Comercio con base en los anteriores numerales.