Requerimiento . El acceso a los sistemas de información o bases de datos será solicitado de manera formal a la entidad que los haya generado, los administre o por cualquier razón los detente, por parte del Auditor General de la República, el contralor territorial correspondiente, el Contralor General de la República, el Vicecontralor General o el Director de la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (DIARI), quienes serán los únicos facultados para ello. Dicha solicitud de acceso podrá efectuarse frente a una fracción o la totalidad de los sistemas de información o de las bases de datos, siempre que se pueda establecer una clara relación entre la información objeto de acceso y las funciones de vigilancia y control fiscal de la Contraloría General de la República, y la defensa y la protección del patrimonio público.
Decreto 403 de 2020 →Vigente
Artículo 91
Requerimiento
Decreto 403 de 2020 · por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.