Micelio

Artículo 25

Inhabilidades

Decreto 2453 de 1993 · por el cual se determina la estructura orgánica, objetivos, funciones y régimen de sanciones de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Inhabilidades. No podrá ser designado Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada quien esté incurso en alguna de las siguientes inhabilidades

a)

Estar vinculado por matrimonio, unión permanente o parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, o primero civil con personas propietarios de servicios de vigilancia y seguridad privada.

b)

Ser o haber sido dentro de los dos (2) años anteriores a la designación, propietario, socio, representante legal o gerente de servicios de vigilancia y seguridad privada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2453 de 1993