Micelio

Artículo 7

º Los Viajeros Menores De Edad Sólo Podrán Introducir Mercancías Hasta Por Un Valor Equivalente Al 50% De Los Valores Establecidos En Los Artículos 2º Y 3º De Este Decreto

Decreto 2057 de 1987 · por el cual se expiden normas referentes a equipajes y menajes y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los viajeros menores de edad sólo podrán introducir mercancías hasta por un valor equivalente al 50% de los valores establecidos en los artículos 2º y 3º de este Decreto. No podrán introducir equipos de uso doméstico ni equipos propios de un arte u oficio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2057 de 1987