De ser posible, el funcionario resolverá inmediatamente después de la audiencia mediante providencia que se notificará al denunciado o a su defensor en la misma diligencia. Si no puede resolver inmediatamente lo hará a más tardar dentro de los tres (3) días siguientes. La providencia con la cual concluye la audiencia contendrá en la parte dispositiva por lo menos lo siguiente. 1) Hechos que dieron lugar a la actuación. 2) Pruebas allegadas o presentadas dentro de la actuación. 3) Razones expuestas por el presunto contraventor en la formulación de descargos. 4) Normas contravenidas y expresión de la sanción a que haya lugar y fijación del término dentro del cual debe cumplirse lo prescrito, en caso de ser hallado culpable el denunciado. En firme el decomiso practicado, los productos se venderán en pública subasta y el producto de la venta ingresará al tesoro municipal respectivo. Si los individuos o productos decomisados corresponden a especies vedadas, estos se entregarán gratuitamente, mediante acta, a museos, colecciones, jardines zoológicos o a entidades de beneficencia para su consumo.
Decreto 1608 de 1978 →Vigente
Artículo 243
De Ser Posible, El Funcionario Resolverá Inmediatamente Después De La Audiencia Mediante Providencia Que Se Notificará Al Denunciado O A Su Defensor En La Misma Diligencia
Decreto 1608 de 1978 · Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de Fauna Silvestre
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.