Micelio

Artículo 1

º El Artículo 1º Del Decreto 181 De 1988 Quedará Así: Artículo 1º Créase El Tribunal Superior De Orden Público Con Jurisdicción En Todo El Territorio Nacional Y Con Sede En La Ciudad De Bogotá

Decreto 474 de 1988 · Por el cual se organiza la jurisdicción de orden público, se establecen nuevas competencias y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 1 º El artículo 1º del Decreto 181 de 1988 quedará así: Artículo 1º Créase el Tribunal Superior de Orden Público con jurisdicción en todo el territorio nacional y con sede en la ciudad de Bogotá. Este tribunal estará compuesto por doce (12) Magistrados divididos en cuatro (4) salas de tres (3) Magistrados cada una.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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