Micelio

Artículo 39

Decreto 2137 de 1983 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director General de la Policía Nacional ejercerá sus funciones directivas y de mando por medio de las siguientes dependencias: Subdirección General Inspección General Dirección de Planeación Dirección Operativa Dirección de Policía Judicial e Investigación Dirección Administrativa Dirección de Personal Dirección Docente Dirección de Sanidad Dirección de Bienestar Social

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2137 de 1983