Artículo noveno . Las licencias que otorga el Instituto Nacional de Higiene "Samper Martínez", de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º del Decreto - Ley 1839 de 1948, se extenderá en papel sellado, sin costo alguno y podrán ampliarse a nuevas marcas cuando lo solicite el interesado, pero cumpliendo siempre las normas señaladas en el Decreto - Ley 1839 y las del presente Decreto. El Instituto Nacional de Higiene no podrá expedir licencias sin previa visita a las fábricas que se establezcan.
Decreto 2264 de 1948 →Vigente
Artículo 9
Del Decreto - Ley 1839 De 1948, Se Extenderá En Papel Sellado, Sin Costo Alguno Y Podrán Ampliarse A Nuevas Marcas Cuando Lo Solicite El Interesado, Pero Cumpliendo Siempre Las Normas Señaladas En El Decreto - Ley 1839 Y Las Del Presente Decreto
Decreto 2264 de 1948 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 1839 de 2 de junio de 1948
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.