Micelio

Artículo 9

Del Decreto - Ley 1839 De 1948, Se Extenderá En Papel Sellado, Sin Costo Alguno Y Podrán Ampliarse A Nuevas Marcas Cuando Lo Solicite El Interesado, Pero Cumpliendo Siempre Las Normas Señaladas En El Decreto - Ley 1839 Y Las Del Presente Decreto

Decreto 2264 de 1948 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 1839 de 2 de junio de 1948

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo noveno . Las licencias que otorga el Instituto Nacional de Higiene "Samper Martínez", de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º del Decreto - Ley 1839 de 1948, se extenderá en papel sellado, sin costo alguno y podrán ampliarse a nuevas marcas cuando lo solicite el interesado, pero cumpliendo siempre las normas señaladas en el Decreto - Ley 1839 y las del presente Decreto. El Instituto Nacional de Higiene no podrá expedir licencias sin previa visita a las fábricas que se establezcan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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