° La suma de $ 2.134 sobrante en el artículo 1292, Capitulo 82 del Presupuesto Nacional vigente, por concepto de pensiones alimenticias no usufructuadas durante los meses transcurridos del presente año, destínase para atender al pago de cuentas pendientes por concepto de víveres y alimentación suministrados al Liceo Nacional de Varones (Instituto "Lorenzo María Lleras"), de Zipaquirá, y pendientes de pago por deficiencia en la apropiación respectiva.
Queda en estos términos modificado el Decreto 396 de 1949. Comuníquese y publíquese.