Sedes territoriales. El Consejo Directivo Nacional de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, previo el cumplimiento de los requisitos que establezca el Estatuto Interno, podrá crear, suprimir o fusionar Sedes Territoriales en los lugares del territorio nacional que considere necesario para la satisfacción de los requerimientos de formación y de capacitación de los servidores públicos y de asesoría a las entidades territoriales en el ejercicio de las competencias que les son propias en virtud de los mandatos constitucionales y legales.
La jurisdicción de las sedes territoriales que se creen, no necesariamente debe coincidir con la distribución general del territorio nacional. En todo caso toda sede territorial deberá estructurarse de forma tal que facilite la prestación racional y oportuna de los programas de la Escuela.