Funciones de las entidades y Oficinas Públicas de Cultura. Entre sus funciones, además de las que les determina su acto de creación, tendrán en relación con el sistema, las siguientes:
Ejecutar el plan de cultura, en coordinación con el Ministerio de Cultura.
Participar activamente en la formulación y seguimiento del Plan de Cultura en su jurisdicción.
Ejercer la Secretaría Técnica del Consejo de Cultura de su jurisdicción.
Articular, coordinar y ejecutar las políticas y programas de fortalecimiento institucional y promover procesos y espacios de concertación.
(Decreto 1589 de 1998, artículo 10).