DE LA BASE PARA EL CÁLCULO DEL PAGO RETROACTIVO DE REMUNERACIÓN . Para efectos de establecer la diferencia de remuneración a que tienen derecho los empleados con arreglo a los artículos anteriores, se tomará como base la asignación fijada para los distintos empleos en la columna de sueldo básico o en la primera columna salarial del Decreto-ley 927 de 1976, de acuerdo con la ubicación que tenga el funcionario. Respecto de los funcionarios que tengan asignados gastos de representación, la base estará determinada por el sueldo básico más el valor de dichos gastos.
Decreto 720 de 1978 →Vigente
Artículo 71
De La Base Para El Cálculo Del Pago Retroactivo De Remuneración
Decreto 720 de 1978 · Por el cual se establece el sistema de clasificación y nomenclatura de los empleos de la Contraloría General de la República, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.