Articulo 1° Créase un puesto de Agente del Gobierno en los Estados Unidos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al cual se le encargará de hacer el estudio de las condiciones en que pudiera dársele cumplimiento a la Ley 113 de 1923, aclaratoria y adicional de la 116 de 1922, sobre conversión y unificación de la deuda pública nacional, y de los demás asuntos que a juicio del Gobierno deban estudiarse en aquella nación, relacionados con la consecución de empréstitos.
Artículo 1
Créase Un Puesto De Agente Del Gobierno En Los Estados Unidos, Dependiente Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Al Cual Se Le Encargará De Hacer El Estudio De Las Condiciones En Que Pudiera Dársele Cumplimiento A La Ley 113 De 1923, Aclaratoria Y Adicional De La 116 De 1922, Sobre Conversión Y Unificación De La Deuda Pública Nacional, Y De Los Demás Asuntos Que A Juicio Del Gobierno Deban Estudiarse En Aquella Nación, Relacionados Con La Consecución De Empréstitos
Decreto 99 de 1924 · Por el cual se crea un puesto de Agente de Gobierno en los Estados Unidos, con el objeto de procurar el cumplimiento de la Ley 113 de 1923
El texto del artículo
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Historia constitucional
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