Secretaría Técnica . La Secretaría Técnica de la Comisión y del Comité será ejercida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cabeza de la Dirección General de Política Macroeconómica y tendrá las siguientes funciones
Convocar a las reuniones, preparar el orden del día y elaborar las actas de cada reunión.
Coordinar actividades de apoyo que sean necesarias para el desarrollo de las sesiones de la Comisión y del Comité.
Realizar las funciones de relatoría y conservación de los documentos generados por la Comisión y el Comité.
Difundir los documentos técnicos generados por el Comité.
Elaborar, previa solicitud de la Comisión y del Comité, las comunicaciones que se decida enviar a terceros en desarrollo de sus funciones.
Las demás que le asigne la Comisión y/o el Comité. (Decreto número 574 de 2012, artículo 9°). TÍTULO 2. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI ( IGAC) CAPÍTULO 1 Disposiciones generales del Servicio Público de Gestión Catastral (Capítulo Modificado por Decreto 148 de 2020)