Micelio

Artículo 12

Decreto 1939 de 1986 · Por el cual se dictan normas sobre estructura y funciones de la Superintendencia Bancaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los Superintendentes Delegados para Instituciones Financieras y para Seguros y Capitalización les corresponde, en relación con las personas naturales y jurídicas bajo su ámbito de vigilancia, las siguientes atribuciones

a)

Colaborar con el Superintendente Bancario en la dirección de la Superintendencia y en especial en lo referente a las dependencias bajo su cargo;

b)

Proponer las políticas que debe formular el Superintendente Bancario para una mejor supervisión de las entidades vigiladas;

c)

Velar por el cumplimiento de las leyes y normas vigentes y proponer nuevas disposiciones; d) coordinar las acciones de supervisión a las instituciones financieras, incluyendo las sucursales, subsidiarias y filiales en el exterior desde la creación hasta la disolución o liquidación; e) Coordinar con las distintas dependencias la realización de visitas de inspección e investigaciones que sean necesarias y dar traslado de los informes correspondientes a la entidad inspeccionada; f) Aplicar las sanciones y medidas a que haya lugar conforme a la ley; g) Emitir concepto al Superintendente Bancario sobre la creación de nuevas instituciones financieras; h) Aprobar las solicitudes de inversión y reinversión de capital en el exterior, que realicen las Instituciones bajo su vigilancia, sin perjuicio de lo que compete a otras autoridades; i) Ejercer, a través de las respectivas dependencias, una supervisión especial sobre las instituciones financieras cuyas dificultades financieras y administrativas lo requieran y supervisar la administración y liquidación respectiva de las cuales se haya tomado posesión; j) Pronunciarse sobre los estados financieros presentados por las instituciones bajo su vigilancia e impartir autorización para la publicación, cuando a ello hubiere lugar; k) Decidir todos los recursos de reposición correspondientes a su delegatura; y,l) Las demás que le señale el Superintendente Bancario. DE LAS DIRECCIONES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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