Bonificación por Seguro de Vida Obligatorio. El Patrullero de Policía en servicio activo, tendrá derecho al pago de una bonificación mensual para gastos de seguro de vida obligatorio, en la cuantía que determine el Gobierno. La citada bonificación, no constituye factor salarial y no es computable para prestaciones sociales.
Decreto 668 de 2022 →Vigente
Artículo 19
Bonificación Por Seguro De Vida Obligatorio
Decreto 668 de 2022 · Por el cual se fijan los regímenes especiales en materia salarial, prestacional, pensional y de asignación de retiro para el personal de Patrulleros de Policía de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.